“POR EL BIENESTAR DE LOS PERROS”
Este Código de ética preparado y adoptado por la Asociación Española del Perro de Agua Español, se presentó a la Asamblea de Socios el 22-12-2007, se aprobó definitivamente el 18-07-2008, fue revisado, ampliado y aprobado en Asamblea Extraordinaria el 08-12-2012, está básicamente en concordancia con los códigos de ética existentes en los clubes de raza en otros países. Posteriormente fue nuevamente revisado, ampliado y aprobado en la Asamblea Extraordinaria del día 28-10-2022 celebrada en Arcos de la Frontera (Cádiz).
Todos los socios de la AEPAE están obligados a cumplir el siguiente código ético.
I. El socio criará únicamente con perros libres de defectos hereditarios graves y que se hallen en perfecto estado de salud. Se considerará seriamente el carácter, la aptitud para el trabajo, la calidad, tipicidad y conformación. A tal efecto se recomienda someter al perro a los controles veterinarios existentes (especialmente certificado fehaciente de no padecer displasia de caderas, pruebas oculares –PRA o atrofia reticular progresiva), más adelante otros como glaucomas, de hipotiroidismo, de insuficiencia pancreática exocrina, atrofia folicular, displasia de codos, etc. cuando estén disponibles en España sus diagnósticos). En todo momento la mejora de la raza debe ser nuestra principal aspiración. En la elección de ejemplares para la cría, debe tenerse en cuenta que la agresividad o el miedo, no forman parte del carácter de nuestro Perro de Agua Español. A partir del 1 de enero de 2013 es obligatorio que para tramitar una camada el padre y la madre tengan hecha la prueba de ADN de paternidad.
II. El propietario de un macho reproductor será igualmente cuidadoso a la hora de cruzar su ejemplar con perras que no reúnan las condiciones arriba mencionadas.
III. Ninguna perra se cruzará sin tener la certeza de su buen estado de salud ni antes de los 18 meses ni de su segundo celo y únicamente hasta los ocho años. No se puede hacer criar a una hembra más de una vez al año y como máximo, cinco veces en toda su vida. Recomendamos que se esterilice después del último parto. Toda crianza irá encaminada siempre a la mejora de la raza y los socios pondrán todo su empeño en desanimar a los que intenten hacerlo con ejemplares claramente inferiores.
IV. No se debería criar una camada sin disponer del tiempo y requisitos para ofrecer el cuidado necesario a los cachorros y a la madre.
V. Los cachorros no abandonarán al criador antes de las siete semanas de vida. Ningún cachorro menor de 6 meses viajará solo ya sea en jaula o transportin durante más de 5 horas desatendido de cuidado humano.
VI. No se venderán Perros de Agua Español a laboratorios, ni se ofrecerán como premio de rifa o competición.
VII. Ningún P.A.E., que tenga algún defecto físico o que se aleje notablemente del standard, podrá venderse sin comunicárselo claramente al posible comprador, incluso aunque sea regalado. Igualmente, con los perros no inscritos en el LOE o RRC, se deberá advertir al comprador de que no están registrados. Los socios no venderán en ningún caso un cachorro sin estar seguros de su buen estado de salud en el momento de la compra.
VIII. Todo comprador de P.A.E. deberá ser provisto de una hoja con la dieta alimenticia del cachorro, y su cartilla sanitaria oficial en la que se incluyan fecha de desparasitaciones, producto utilizado y vacunas. Asimismo, se le dará un pedigrée de criador. Se advertirá al comprador que se ponga en contacto con el criador en caso de presentarse algún problema con el cachorro, para aconsejarle lo que debe hacer. Los criadores harán los esfuerzos necesarios para asistirle en estas circunstancias.
IX. Los anuncios de venta de cachorros por parte de los socios serán lo más exactos posibles, huyendo de las exageraciones infundadas o superioridades.
X. Los socios se comprometen a mantener en perfecto estado de saludo y condición a sus perros a lo largo de toda su vida.
XI. Los socios se comprometen a presentar certificado de libre displasia de caderas expedido por AVEPA, SETOV, ANVAC, RSCE u otros organismos habilitados para pasar la confirmación a sus perros, a superar el TCAN y así poder criar con ellos.
XII. Los socios se comprometen a no criar con perros afectados de atrofia de retina progresiva, ni con dos portadores que darían un 25% de afectados que serían ciegos de por vida en un corto periodo de tiempo. Lo ideal es criar solamente con perros libres para poder erradicar la enfermedad.
XIII. Los socios deberán comunicar a la directiva aquellas irregularidades fehacientes de incumplimiento por parte de otro miembro del club, de este código ético, siempre que lo puedan demostrar.
XIV. De vez en cuando puede resultar necesario para el club y su responsabilidad con la raza, siempre aconsejado por profesionales veterinarios, recurrir a la asistencia y colaboración de los criadores para la erradicación de taras hereditarias o enfermedades de cualquier índole. Se espera en estos casos que los criadores cooperen sin reservas con el club.
XV. Queda terminantemente prohibido criar con perros que no han pasado la confirmación de pureza de raza, así como el abandono y maltrato de ejemplares no deseados. Se buscará una buena familia de acogida. En ningún momento se permite aplicar el sacrificio de los mismos. La AEPAE dispone de un servicio propio para el rescate y posterior donación en adopción de los ejemplares recogidos.
XVI. El presente código se irá ampliando conforme se descubran nuevas vías de mejora de la cría, para la buena salud y futuro de la raza.
XVII. Los socios que no cumplan este código serán automáticamente dados de baja y perderán todos los derechos que conlleva el ser socio de la AEPAE.
El/la solicitante:………………………………………….
DNI:……………………………
Firma:
Firma del Código de Cría de la AEPAE